OBJETIVO
Dar seguimiento oportuno a la recepción de denuncias y quejas en contra de actos de discriminación, hostigamiento, acoso sexual, laboral o todo acto contrario a lo establecido en el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Poder Ejecutivo a que refiere el Artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
COMPROMISO
Confiabilidad: El personal que haga uso del buzón puede confiar en que la información que brinde será confidencial y resguardada, de tal manera que no afectara de manera negativa su situación laboral.
Atención: La dirección de Recursos Humanos en coordinación con el Comité de ética y prevención de conflictos de interés, Comité Institucional para la Igualdad de Género y el Subcomité contra Acoso y Hostigamiento Sexual del Sistema DIF; dará la atención a cualquier queja y/o denuncia que se presente entre servidores públicos del sistema DIF.
PROCEDIMIENTO PARA EL USO DEL BUZÓN DIGITAL
La persona quejosa o denunciante a través del Buzón Virtual, deberá proporcionar lo siguiente:
La persona titular de la Dirección de Recursos Humanos en su calidad de administrador del buzón, recibirá la queja y/o denuncia y lo turnará a los Comités Internos (según sea el origen de la queja o denuncia) o instancias externas para su debida atención.